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Delito informático, delito cibernético o ciberdelito es toda aquella acción antijurídica que se realiza en el entorno digital, espacio digital o de Internet. Ante el extendido uso y utilización de las nuevas tecnologías en todas las esferas de la vida (economía, cultura, industria, ciencia, educación, información, comunicación, etc.) y el creciente número de usuarios, consecuencia de la globalización digital de la sociedad, la delincuencia también se ha expandido a esa dimensión. Gracias al anonimato y a la información personal que se guarda en el entorno digital, los delincuentes han ampliado su campo de acción y los delitos y amenazas a la seguridad se han incrementado exponencialmente.[1]
Además de los ataques que tienen como objetivo destruir y dañar activos, sistemas de información y otros sistemas de computadoras, utilizando medios electrónicos o redes de Internet, se producen nuevos delitos contra la identidad, la propiedad y la seguridad de las personas, empresas e instituciones, muchos de ellos como consecuencia del valor que han adquirido los activos digitales para la big data empresarial y sus propietarios bien sean entes jurídicos o personas naturales. Existen también otras conductas criminales que aunque no pueden considerarse como delito, se definen como ciberataques o abusos informáticos y forman parte de la criminalidad informática.[2] La criminalidad informática consiste en la realización de un tipo de actividades que, reuniendo los requisitos que delimitan el concepto de delito, son llevados a cabo utilizando un elemento informático.[3]
Los delitos informáticos son actividades ilícitas o antijurídicas que:
Los ciberdelitos son actitudes contrarias a los intereses de las personas teniendo como instrumento o fin (concepto atípico) a las computadoras.[4]
En la actualidad debe hablarse de ciberdelitos,[5] pues este concepto sustantiva las consecuencias que se derivan de la peculiaridad que constituye la red digital como medio de comisión del hecho delictivo, y que ofrece contornos singulares y problemas propios, como por ejemplo la dificultad de determinar el lugar de comisión de tales hechos ilícitos, indispensable para la determinación de la jurisdicción y competencia penal, para su enjuiciamiento y aplicación de la correspondiente ley penal, los problemas para la localización y obtención de las pruebas de tales hechos delictivos, la insuficiente regulación legal de los ilícitos que pueden realizarse a través de la Red o de las diligencias procesales de investigación aplicables para el descubrimiento de los mismos —normativa igualmente desbordada por el imparable avance de las innovaciones tecnológicas—, o, en fin, la significativa afectación que la investigación policial en Internet tiene sobre los derechos fundamentales de los ciudadanos.[6]
Por todo ello, la última orientación jurídica es priorizar el enfoque en la seguridad en las redes y los sistemas de información. A tal fin obedece la Directiva de la Unión Europea relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión Europea,[7] también conocida como Directiva NIS. Esta Directiva impone, por ello, a las entidades gestoras de servicios esenciales, así como a los prestadores de ciertos servicios digitales considerados clave en el funcionamiento de Internet, la obligación de establecer sistemas de gestión de la seguridad de la información en sus organizaciones y de notificar a las autoridades los incidentes que tengan especial gravedad. Además, obliga a los estados miembros a supervisar el cumplimiento de estas obligaciones y a velar por que existan equipos de respuesta a incidentes de seguridad con capacidad para proteger a las empresas de la propagación de estos incidentes. Así mismo, impulsa la cooperación entre autoridades nacionales y el intercambio de información como medio para elevar el nivel de seguridad en la Unión Europea frente a las amenazas de carácter transfronterizo.
Mucha información es almacenada en un reducido espacio, con una posibilidad de recuperación inmediata, pero por complejas que sean las medidas de seguridad que se puedan implantar, aun no existe un método infalible de protección.[8]
La criminalidad informática tiene un alcance mayor y puede incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados como medio. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.
La Organización de Naciones Unidas reconoce los siguientes tipos de delitos informáticos:
Existen leyes que tienen por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos en las variedades existentes contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.
Una misma acción dirigida contra un sistema informático puede aparejar la violación de varias leyes penales, algunos autores expresan que el "uso de la informática no supone más que un modus operandi nuevo que no plantea particularidad alguna respecto de las formas tradicionales de comisión".[10] Una clara dificultad para la persecución de estos ilícitos, ha sido que el ciudadano no considera delincuente al autor de estos delitos, entre los propios victimarios algunas veces existe una reivindicación que subyace a toda su actividad, como es el caso de los hackers, quienes cuentan con toda una "filosofía" preparada para respaldar su actividad afirmando que propenden a un mundo más libre, que disponga de acceso a todas las obras de la inteligencia, y basándose en ese argumento divulgan las claves que tienen en su actividad.[11]